Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15522

Ley 15522/2025 - SUSPENDE, POR ÚNICA VEZ, EL RÉGIMEN DE ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, OBLIGATORIAS Y SIMULTÁNEAS - CAPÍTULO I DE LA LEY 14.086 CONCORDANTES Y COMPLEMENTARIAS (PASO 2025 - ELECCIONES LEGISLADORES Y CONCEJALES).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/05/2025
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Ley 15522 LEY 15522 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Suspéndese, por única vez, durante el año 2025, el régimen de elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas contenido en el Capítulo I de la Ley N° 14.086 y todas las disposiciones relativas de la legislación vigente sobre la materia referidas a su organización y realización. ARTÍCULO 2°.- Exceptúanse de la suspensión prevista por el artículo 1° las disposiciones de los artículos 16 y 17 de la Ley N° 14.086, que serán aplicables, por única vez, para las elecciones generales del año 2025. Establecer que, en aquellos casos que los artículos mencionados ut supra refieran a “elección primaria” y “corrientes internas”, deberá leerse como “elección general” y “agrupación o alianza política”, respectivamente. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil veinticinco.