Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10501
Ley 10501/1987 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE MERLO QUE SERá DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE DEPENDENCIAS POLICIALES. DEROGA LEY 10017.
Ley 10501 LEY 10501 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Merlo, designado catastralmente como: circunscripción III, sección A, manzana 15, parcela 3-b, matrícula 6695 del citado partido, propiedad de quien o quienes resulten ser sus actuales titulares de dominio. ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado a funcionamiento de dependencias policiales. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: partida principal 10 “Bienes preexistentes”. ARTÍCULO 4.- Derógase el Decreto-Ley 10.017. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.