Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 279
SE SUSTITUYE - ANEXO I - DECRETO N° 433/16 - NIVELES DE DECISIÓN - CUADRO DE COMPETENCIAS COMPLEMENTARIAS - PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - JURISDICCIONES Y ENTIDADES - PRESUPUESTO - PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD
VISTO: La Ley N° 70 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 433/16, y su modificatorio N ° 342/21, y el Expediente N° 28.725.497-GCABA-DGTALMHF/22, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 433/16, se establecieron los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los procedimientos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 70; Que a través del Decreto N° 342/21 se actualizaron los montos de los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad y se modificaron los procedimientos de aprobación de gastos y de devoluciones previstos en el artículo 5° del Decreto N° 433/16 y su Anexo I, respectivamente; Que en virtud del tiempo transcurrido desde la última adecuación de montos y del marco económico vigente, deviene necesario efectuar una actualización de los montos correspondientes a los cinco (5) procedimientos de ejecución presupuestaria contemplados en el Anexo I (IF N° 2021-33542372-GCABA-MHFGC) del Decreto N° 433/16. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I (IF N° 2021-33542372-GCABA-MHFGC) del Decreto N° 433/16 por el Anexo I (IF N° 2022-28787518-GCABA-MHFGC), que forma
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados del Poder Ejecutivo, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel