Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10644

Ley 10644/1988 - INCREMENTANDO PRESUPUESTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, EJERCICIO 1987, LEY 10482.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/07/1988
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Ley 10644 LEY 10644 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Increméntase en la suma de australes SETENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (A.72.500.000), el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital para el ejercicio 1988 (prorrogado del ejercicio 1987 -Ley 10.482) de la Jurisdicción 01, Item 01 - Honorable Cámara de Diputados, de acuerdo con el detalle de las partidas principales y subprincipales que figuran en la planilla del Anexo 1, y que forma parte de la presente ley:

SECCIÓN 1 - EROGACIONES CORRIENTES

....................... ................. A 70.000.000.-

SECCIÓN 2 - EROGACIONES DE CAPITAL

...... ............... A 2.500.000.- TOTAL DE EROGACIONES ................. ................. A 72.500.000.- ARTÍCULO 2.- . El incremento de las erogaciones establecido en el artículo 1 será financiado con recursos de Rentas Generales. ARTÍCULO 3.- Fíjase en Mil Seiscientos Cuarenta y Seis (1646) el número de cargos de la Honorable Cámara de Diputados incluyendo 92 (noventa y dos) diputados y 4 (cuatro) funcionarios de ley, correspondiendo 1450 (mil cuatrocientos cincuenta) a cargos a planta permanente y 100 (cien) cargos a planta temporaria. ARTÍCULO 4.- Sustitúyese el artículo 5 de la Ley 10.426, por el siguiente: “Artículo 5.- El Presupuesto General de la Honorable Cámara de Diputados será sancionado en el plazo y en la forma que posibilite considerarlo como parte integrante del remitido por el Poder Ejecutivo para la Provincia de Buenos Aires. Si al comenzar el ejercicio no se hubiera sancionado el Presupuesto General de la Honorable Cámara de Diputados regirá el que estaba en vigencia al cierre del ejercicio anterior. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

ANEXO I

SECCIÓN 1

– EROGACIONES CORRIENTES A 70.000.000 Partida principal 1 – “Gastos en personal” A 60.000.000 Partida principal 2 – “Bienes y servicios no personales” A 10.000.000 Subprincipal 1 –“Bienes de consumo” A 1.600.000 Subprincipal 2 –“Servicios no personales” A 8.000.000 Subprincipal 4 – “Mantenimiento y reparación” A 400.000

SECCIÓN -

EROGACIONES DE CAPITAL A 2.500.000 Partida principal 8 A 2.500.000 Subprincipal 2 – “Inversiones administrativas” A 2.500.000 TOTAL DE EROGACIONES CORRIENTES Y DE CAPITAL A 72.500.00