Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 325

SE DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO - DANIEL MIGUEL FLORES - PROFESOR TUTOR DE MATEMÁTICA - PLAN FINES - CONTRA EL DECRETO N° 156/21 - SANCIONAR CON CESANTÍA - DOCENTE

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/09/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, la Ordenanza N° 40.593 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3.360/68 y 156/21, el Expediente Electrónico N° 19185479-MGEYA-DGCLEI/16, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 156/21 se sancionó con cesantía al señor Daniel Miguel Flores (DNI N° 29.842.251), por haber infringido los deberes establecidos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el artículo N° 36, inciso f), del citado ordenamiento; Que el agente Flores fue debidamente notificado del acto administrativo en cuestión, en fecha 23 de julio de 2021; Que, consecuentemente, con fecha 4 de agosto de 2021, el citado agente presentó un escrito al que nominó recurso de reconsideración, en los términos del artículo N° 50 de la Ordenanza N° 40.593, y, luego, el 26 de agosto de 2021, presentó una ampliación de fundamentos del mencionado recurso, los que fueron interpuestos en tiempo y forma; Que el quejoso argumentó que constituyó domicilio en la calle Tilcara N° 2415, y que las notificaciones posteriores a su indagatoria no fueron debidamente practicadas a dicho domicilio, motivo por el cual solicitó que se declare la nulidad absoluta de todos los actos administrativos dictados ulteriormente; Que dichos argumentos fueron minuciosamente analizados en el Dictamen Jurídico N° IF-2021-33047726-GCABA-DGSUM de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad; Que al recurrente no le asiste razón en sus dichos, toda vez que el acto administrativo discutido deviene ajustado a derecho; Que atento ello y por las razones desarrolladas en el citado Dictamen Jurídico N° IF- 2021-33047726-GCABADGSUM, corresponde desestimar el recurso interpuesto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Daniel Miguel Flores (DNI N° 29.842.251), contra el Decreto N° 156/21, mediante el cual se ordenó sancionar con cesantía al referido docente. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al señor Daniel Miguel Flores (DNI N° 29.842.251), en los términos del artículo N° 63 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347) con copia del Dictamen IF-2021-33047726-GCABA-DGSUM haciéndole saber que se ha agotado la instancia administrativa, quedando expedita la vía judicial. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA DECRETO 156 2021 <p>Artículo 1º del Decreto N° 325/22, desestíma el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Daniel Miguel Flores, contra el Decreto Nº 156/21.</p>