Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8954
Decreto-ley 8954/1977 - MODIFICA LA LEY 4147 EN EL SENTIDO DE DEJAR ESTABLECIDO QUE EL NUEVO DESTINO DE LA DONACIóN EFECTUADA ES OBRA DE BIEN A LLEVAR A CABO POR EL ARZOBISPADO DE LA PLATA, CESIONARIO DE LA SOCIEDAD “DAMAS DE LA PROVIDENCIA”.
Decreto-ley 8954/1977 DECRETO-LEY 8954/77 LA PLATA, 19 de DICIEMBRE de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-6608/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase la Ley 4147 en el sentido de dejar establecido que el nuevo destino de la donación efectuada es obra de bien, atención espiritual, material y educativa, a llevar a cabo por el ARZOBISPADO DE LA PLATA, cesionario de la Sociedad “Damas de la Providencia”. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.