Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 336

SE RECTIFICA - ANEXO III - DECRETO 323-20 - CONSEJEROS - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/09/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires - Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 323/20, el Expediente Electrónico N° 17680597-GCABA-DGALE/20, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 323/20 se designaron como Consejeros del Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las personas detalladas en su Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU), entre otras cuestiones; Que por un error material involuntario en el citado Anexo, se consignó a la señora Martín como "Martín, Agustina", correspondiendo Martín, María Agustina, y a su CUIL con el número 20-31728110-3, correspondiendo en su lugar el número 27-30902238- 1; Que asimismo, por un error material involuntario en el citado Anexo III, se consignó a la señora Lozzia como "Christian Lozzia, Karen" correspondiendo Lozzia, Christian Karen, y al señor Romero como "Romero, Alfredo" correspondiendo Romero, Alfredo Mauro; Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos dispone que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión"; Que, en consecuencia, corresponde rectificar los errores materiales incurridos conforme lo propiciado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Rectifícase el Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU) del Decreto N° 323/20, sustituyéndose dicho Anexo por el Anexo III (IF-2020-22113448-GCABA- SECDU) que se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Gestión Documental, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaria Legal y Técnica y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel