Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 418
DESIGNA - A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2023 - MARIANA FLORENCIA KAMIAN - SUBSECRETARIA - MARÍA JULIETA COLECCHIA CORSO - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN LEGAL - ROSARIO BURONE RISSO - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN Y CONSOLIDACIÓN NORMATIVA - SOL DÍAZ ORTIZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ÓRGANO DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS - FRANCISCO LARTIRIGOYEN - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - INDALECIO RICARDO LÓPEZ - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - SEBASTIÁN ARIEL UBERTI - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVOS - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
VISTO: La Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N° 46118462-GCABA- DGCLCON/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder Ejecutivo a la Secretaría Legal y Técnica; Que por Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en consecuencia, la señora Secretaria Legal y Técnica propicia la designación de las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-46273350-GCABA-SECLYT) que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-46273350-GCABA-SECLYT), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti