Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6425
Ley 6425/1960 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y EXPROPIACION FRACCIONES DE TIERRA UBICADAS EN EL PARTIDO DE LOMAS DE ZAMORA, CON DESTINO A LA CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO PARA ESCUELA A CREAR.
LEGISLATURA DE BUENOS AIRES | LEY 6.425 | Expropiación de terreno en Lemas de Zamora, para una escuela ( de karrio San José El Senado y Cámara de Diputados de la provincia ae Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY Art, 1? Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de tierra, ubicadas en el partido de Lomas de Zamo- ra, que a continuación se detallan: a) Circunscripción IV, Sección G, Manzana 202, Parcela 2 se- gún catastro, compuesta de una superficie de doscientos veinticinco metros cuadrados con noventa decímetros cua- drados (225,90 m2), de propiedad de Luciano Emiliano Bar- gas, dominio inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 3.661 del año 1955; b) Circunscripción IV, Sección G, Manzana 202, parcelas 1, 14, 15, 16, 17, 13, 19, 20, 21 y 22, según catastro, compuestas de doscientos treinta y cuatro metros cuadrados con treinta y ocho decímetros cuadrados (234,38 m2), doscientos veinti- cinco metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados i (225,90 m2), doscientos treinta y cuatro metros cuadrados | con treinta y ocho decimetros cuadrados (234,38 m2), dos- cientos treinta y ocho metros cuadrados con sesenta y siete | decimetros cuadrados (238,67 m2), trescientos once metros | cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (311,40 m2), i trescientos once metros cuadrados con cuarenta decimetros | cuadrados (311,40 m2), trescientos once metros cuadrados con cuarenta decimetros cuadrados (311,40 m2), trescientos once metros cuadrados con cuarerta decímetros cuadrados (311,40 m2), trescientos once metros cuadrados con cuaren- ta decímetros ¡cuadrados (311,40 m2) y doscientos treinta y ocho metros cuadrados con sesenta y siete decímetros cua- drados (238,67 m2), respectivamente, de propiedad de Her- ] - minia Tasmelda Motermayor de Kraft, Guillermo Enrique Carlos Kraft, Alberto Carmelo Ricardo Otto Kraft y Oscar : Alfredo Kraft, dominio inscripto en el Registro de la Pro- piedad al folio 320 del año 1948. Dichas tierras serán destinadas a la construcción de un edificio para escuela a crear. | Art. 2° El gasto que demande el cumplimiento de la presente | ley, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. E L Art. 3% Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala do Sesiones de ls Honorable Logislatyza de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los treinta días del mes de octubre de'mil nove- «cientos sesenta. HÉCTOR PORTERO. ARTURO A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado. Departamento de Educación. La Plata, 30 de noviembre de 1960. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. ALENDE. ATAÚLFO PÉREZ AZNAR. Decreto N* 13.630. Registrada bajo el número seis mil cuatrocientos veinticinco (6.425). Freire Díaz O’Kenuy. — 5 TRAMITE LEGISLATIVO Proyecto del diputado Portero y otros, entrado en Diputados el 5 de octubre de 1960. Aprobado el 29 de octubre de 1960. Sancionada por Senado el 30 de octubre de 1960. Promulgada el 30 de noviembre de 1960. Publicada en el “Boletín Oficial” el Y de diciembre de 1960. ~-28—