Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12600
Ley 12600/2001 - DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE DEL PARTIDO DE NECOCHEA PARA ANEXAR A ESCUELA Nº 3.
Ley 12600 LEY 12.600 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Necochea, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 204, Parcela 6b: inscripto su dominio en la Matrícula 2.700, a nombre de Salazar, Juan; De Gasperi, Fulvio Raimundo y Martín, Héctor Abel y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. Art. 2º - El inmueble citado en el artículo anterior será transferido en propiedad a la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, para ser anexado a la Escuela Nº 3 "República de Nicaragua" del partido de Necochea. Art. 3º - La escritura traslativa de dominio será otorgada por la Escribanía General de Gobierno, estando exenta del pago de todo impuesto. Art. 4º - Autorízase al Poder Ejecutivo, para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil. ALEJANDRO HUGO CORVATTA Vicepresidente 1º H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado FRANCISCO J. FERRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 25 La Plata, 3 de enero de 2001. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL SEISCIENTOS (12.600). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación