Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 503

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - ADRIÁN NICOLÁS DE STEFANO - DIRECCIÓN GENERAL MEDIACIÓN Y CONVIVENCIA VECINAL - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/01/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 47547738-GCABA-SECGVC/23, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder Ejecutivo a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano; Que, por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel Dirección General, contemplándose a la Dirección General Mediación y Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Territoriales bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano; Que, en consecuencia, el señor Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano propicia la designación, a partir del 10 de diciembre de 2023, del señor Adrián Nicolás De Stefano, D.N.I. N° 22.294.015, C.U.I.L. N° 20-22294015-0 como Director General de la Dirección General Mediación y Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Territoriales; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Adrián Nicolás De Stefano, D.N.I. N° 22.294.015, C.U.I.L. N° 20-22294015-0, como Director General de la Dirección General Mediación y Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Territoriales dependiente de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti