Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6149

Ley 6149/1959 - DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN UN INMUEBLE EN LA CIUDAD DE LA PLATA, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE; DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE MUSEOS, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE CULTURA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/12/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6149 LEY 6149 Expropiación de un inmueble para la Dirección de Museos en La Plata. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en calle 12 Nº 769 y 771 de la ciudad de La Plata Partido del mismo nombre designado según título como lote espe­cial A, que es parte del oficial 17 de la Manzana C, Sección 4 a , designado, por Catastro como Parcela 4, Manzana 656, Sección H, Cir­cunscripción l, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el fo­lio 2.354 del año 1930, Declaratoria de Herederos al folio 1797 del año 1950, a nombre de Sara Dirce Margarita Venturini de Bueno, de trescientos metros cuadrados (300 m 2 ) de superficie, con todo lo edificado y plantado, para ser destinado al funcionamiento de la Dirección de Museos, dependiente de la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo al correspondiente Plan Anual de Obras Públicas. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.