Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11543

Ley 11543/1994 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION LOS INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE ESTEBAN ECHEVERRIA PARA LA AMPLIACION DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/08/1994
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11543 LEY 11543 NOTA: Ver Ley 11579 (Ref:deja sin efecto: Circ.V, Sec. R, Quinta 11, Parcelas 7-a Mat.27809 y 12 Mat. 46270). EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la ciudad de Monte Grande, partido de Esteban Echeverría, que se encuentran identificados bajo las siguientes inscripciones catastrales y dominiales: Circunscripción V, Sección R, Quinta 10, Parcelas 3 (matrícula 14.716); 4 (Folio 4450/78); 5 (Folio 3359/77); 6 (Folio 243/72); 7 (Folio 3285/77); 8 (Matrícula 2695); 9 (Matrícula 2696); 10 (Matrícula 2697); 11 (Matrícula 2698); 12 (Matrícula 2699); 13 (Folio 4450/78) y 14 (Matrícula 2700); como así también de la misma Circunscripción y Sección, Quinta 11, las Parcelas 1 (Matrícula 2701); 2 (Matrícula 2702); 3 (Matrícula 2703); 4 (Matrícula 2704); 5 (Matrícula 2705); 6 (Folio 5153/78); 7 a (Matrícula 27.809); 12 (Matrícula 46.270); 13 (Folio 3360/77) y 14 (Matrícula 2706); a nombre de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio. ARTICULO 2.- Los bienes descriptos en el artículo anterior, serán destinados a la ampliación del Cementerio Municipal sito en la ciudad de Monte Grande, partido de Esteban Echeverría. ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de la presente, será atendida con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Esteban Echeverría. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.