Nación · Ley N° 19425

Ley 19425 - SUSPENSION EXCEPCIONAL DE CIERTAS PRESCRIPCIONES.

Estado no verificadoSanción: 31/12/1971Publicación B.O.: 27/01/1972Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD Policía Federal Suspensión excepcional de ciertas prescripciones. LEY Nº 19.425 Bs. As., 31/12/1971 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º – Autorízase a la Policía Federal –con carácter de excepción– la suspensión para las promociones correspondientes al corriente año, de las prescripciones de la Ley Nº 18.896 para los Oficiales Principales de Comunicaciones y del Anexo 17 de la Ley Orgánica de la Policía Federal (Decreto-Ley 333/58 ratificado por Ley Nº 14.467) para las jerarquías de Oficiale Ayudante y Subayudante de los escalafones de Bomberos y Comunicaciones. Art. 2º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. LANUSSE Arturo Mor Roig.