Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9471

Decreto-ley 9471/1979 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN HENDERSON, PARTIDO DE HIPóLITO YRIGOYEN QUE SERá DESTINADO A OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO URBANO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/12/1979
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Decreto-ley 9471/1979 DECRETO-LEY 9471/79 LA PLATA, 13 de DICIEMBRE de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 4057-506/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades le­gislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en Henderson , Partido de Hipólito Yrigoyen, nomenclado catastralmente como: Circunscripción V, Sección ­B, Quinta 16, Parcela 2, que cuenta con una superficie de CINCO HECTÁREAS CON VEINTIOCHO ÁREAS (5 has, 28as.), inscripto su dominio al Fo­lio 269 año 1930-Pehuajó (hoy Hipólito Yrigoyen) a nombre de Venancio Fernández o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- El bien descripto en el artículo anterior, será destinado por la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen a obras de infraestructura y equipamiento urbano. ARTÍCULO 3.- Declárase de urgencia la presente expropiación de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5708 -General de Expropiaciones-, autorizándose al Poder Ejecutivo a prescindir del ave­nimiento expropiatorio , si así lo estimare más conveniente. ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será solventado por la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen e imputado a la Partida Finalidad 1 “Inmuebles”, del presupuesto vigente. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.