Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7876

Ley 7876/1972 - DESAFECTANDO DEL DOMINIO DE LA PROVINCIA LOTES DE TERRENO, Y HáGASE ENTREGA DE LOS MISMOS AL SEñOR NICOLáS ROMUALDO INOCENCIO KASTELANOVICH.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/05/1972
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Ley 7876 DECRETO-LEY 7876/72 Desafectando del dominio de la Provincia lotes de terreno, y hágase entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich. LA PLATA, 10 de MAYO de 1972. VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por De­creto 717/71, Punto 2.4. y la Política Nacional número 5, inciso a), en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el. artículo 9º, del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PRO­VINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE­ LEY: ARTÍCULO 1.- Desaféctense del dominio de la Provincia de Buenos Aires los lotes de terreno ubicados en la ciudad y partido de Berisso, designadas según Catastro como Circunscripción VII, Sección H, Manzana 304, Parcelas 26a. y 26b., con una superficie total de sete­cientos setenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados (774,41 m 2 ), inscripción de dominio en las ma­trículas 5.971 y 5.972, del partido de Berisso (114). ARTÍCULO 2.- Establécese que con intervención de la Escribanía Ge­neral de Gobierno se efectuarán las diligencias necesarias tendientes a dejar sin efecto la anotación de dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires de los lotes referidos en el artículo 1º y se pro­cederá a hacer entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.