Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7876
Ley 7876/1972 - DESAFECTANDO DEL DOMINIO DE LA PROVINCIA LOTES DE TERRENO, Y HáGASE ENTREGA DE LOS MISMOS AL SEñOR NICOLáS ROMUALDO INOCENCIO KASTELANOVICH.
Ley 7876 DECRETO-LEY 7876/72 Desafectando del dominio de la Provincia lotes de terreno, y hágase entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich. LA PLATA, 10 de MAYO de 1972. VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 717/71, Punto 2.4. y la Política Nacional número 5, inciso a), en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el. artículo 9º, del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Desaféctense del dominio de la Provincia de Buenos Aires los lotes de terreno ubicados en la ciudad y partido de Berisso, designadas según Catastro como Circunscripción VII, Sección H, Manzana 304, Parcelas 26a. y 26b., con una superficie total de setecientos setenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados (774,41 m 2 ), inscripción de dominio en las matrículas 5.971 y 5.972, del partido de Berisso (114). ARTÍCULO 2.- Establécese que con intervención de la Escribanía General de Gobierno se efectuarán las diligencias necesarias tendientes a dejar sin efecto la anotación de dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires de los lotes referidos en el artículo 1º y se procederá a hacer entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.