Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14173

Ley 14173/2010 - PRORROGA A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE LA LEY 14116 Y POR EL TéRMINO DE 6 MESES, EL PLAZO PARA COMPLETAR EL PROCESO DE TRANSFORMACIóN DE LOS TRIBUNALES DE FAMILIA EN JUZGADOS UNIPERSONALES, ESTABLECIDO EN EL ART.94 DE LA LEY 13634.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/11/2010
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Ley 14173 LEY 14173 NOTA: Ver Ley 14291, ref: prórroga. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º - Prorrógase a partir del vencimiento de la Ley 14.116 y por el término de seis (6) meses, el plazo para completar el proceso de transformación de los Tribunales de Familia en Juzgados Unipersonales, establecido en el artículo 94 de la Ley 13.634. ARTÍCULO 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil diez.