Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 241
DELEGA EN EL MINISTRO DE SALUD LA FACULTAD DE APROBAR LOS PLIEGOS Y SUS CORRESPONDIENTES ANEXOS - LICITACIONES PÚBLICAS - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL - MANIPULACIÓN INTERNA DE RESIDUOS - MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES - CONTROL DE PLAGAS - EFECTORES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - HOSPITALES
VISTO: las Leyes 2.095, 6.684 y 6.929, la Ley de Procedimientos Administrativos (Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97), los Decretos 129/23 y 387/23, el Expediente EX-2026-29949886-GCABA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud propicia llevar adelante la contratación del servicio de limpieza integral, que incluye la manipulación interna de residuos, el mantenimiento de áreas verdes y el control de plagas, de los efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encontrándose los establecimientos alcanzados individualizados en el Anexo I (IF- 2026-30073598-GCABA-MSGC); Que el precitado Ministerio expresó que el carácter de la contratación, vinculada a la prestación de servicios esenciales de salud, así como la significativa complejidad técnica, operativa y funcional de su objeto, imponen la adopción de criterios técnicos especializados, a fin de garantizar la correcta satisfacción del interés público comprometido; Que dicho organismo informó que el presupuesto oficial para la contratación del servicio se estima en la suma de pesos doscientos setenta y dos mil doscientos setenta y un millones setecientos siete mil ochocientos setenta y cinco con cuatro centavos ($ 272.271.707.875,04); Que mediante la Ley 2.095 se establecieron los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y se regularon las obligaciones y derechos derivados de los mismos; Que el artículo 136 de dicha norma dispuso que a los efectos de definir el monto de las Unidades de Compra aplicables, se estará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio en que se realice o aplique; Que, en ese sentido, mediante la Ley 6.929 de Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2026 se fijó en pesos quinientos cincuenta ($ 550) el valor de la Unidad de Compra prevista en la Ley 2.095; Que, en virtud de ello, el monto estimado de la contratación asciende a cuatrocientos noventa y cinco millones treinta y nueve mil cuatrocientas sesenta y ocho con ochenta y seis centésimas (495.039.468,86) Unidades de Compra; Que, asimismo, por el Decreto 129/23 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley 2.095 y se fijaron los niveles de decisión y cuadros de competencias para los distintos tipos de procedimientos de selección, los que como