Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8409

Ley 8409/1975 - DONACION DE TIERRA FISCAL, A LA ASOCIACION VECINAL DE FOMENTO CORONEL DORREGO DE MAR DEL PLATA, PARTIDO DE GRAL. PUEYRREDON, CON DESTINO A SALA DE 1EROS AUXILIOS Y CENTRO CIVICO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/06/1975
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8409 LEY 8409 Donando a la Asociación Vecinal de Fomento “Coronel Dorrego” de Mar del Plata, fracción de tierra fiscal. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Desaféctase de su destino originario, reserva de uso pú­blico, la fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, identificada catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 66 w, Parcelas 25, 26 y 27, surgidas del plano 45-813-49 con superficies de 333,333 y 233 metros cuadrados, respectivamente, con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en el plano aprobado con la ante dicha característica. ARTÍCULO 2.- Dónase a la Asociación Vecinal de Fomento “Coronel Dorrego” de Mar del Plata, la fracción de tierra fiscal descripta en el artículo anterior, con destino al funcionamiento de sala de primeros auxilios y centro cívico de inquietudes vecinales. ARTÍCULO 3.- Si se operara el cambio de destino impuesto por el ar­tículo 2º, tendrá lugar la caducidad del acto y reversión del domi­nio de la aludida tierra a esta Provincia, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.