Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7380

Decreto-ley 7380/1968 - (DEROGADA POR LEY 11365) MODIFICA LEY 7123 (CREACION DE LA CUENTA ESPECIAL PARA BANCO DE DROGAS ANTINEOPLASICAS); (VER LEY 8790).

Derogada verificadaPublicación B.O.: 19/04/1968
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Decreto-ley 7380/1968 DEROGADA POR LEY 11365 DECRETO - LEY 7380/68 Modificación de la Ley 7123. LA PLATA, 16 de ABRIL de 1968. VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 1535/68 en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 2º de la Ley 7123, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 2.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Bienestar Social podrá vender drogas antineoplásicas a instituciones oficiales, municipales o privadas que no persigan fines de lucro y a todas aquellas personas que lo soliciten mediante presentación de receta médica. Dicha Secretaría de Estado fijará su precio con un recargo que asegure cubrir los gastos administrativos”. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.