Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5928

Ley 5928/1958 - ACORDANDO PENSION A LA VIUDA DEL EX BOMBERO VOLUNTARIO JOSE MARIA SANCHEZ.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/11/1958
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Ley 5928 LEY 5928 Acordando pensión a la viuda del ex bombero voluntario José María Sánchez. Departamento de Economía y Hacienda. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Acuérdase pensión a la señora viuda y mientras mantenga el estado civil de tal, del ex Oficial Segundo del Cuerpo de Bomberos, de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Quilmes, don José María Sánchez, fallecido trágicamente el 18 de diciembre de 1956 en acto de servicio. ARTICULO 2.- El monto de la pensión acordada será igual a la que corresponde por Ley 5425 a los derecho habientes de los bomberos de igual grado, pertenecientes al Cuerpo de Bomberos de la provincia de Buenos Aires. ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se abonará de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.