Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6544
Ley 6544/1961 - AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A DESTINAR SUMA PARA PAGO DE FACTURAS CON MOTIVO DEL SINIESTRO OCURRIDO EN LA LOCALIDAD DE BALCARCE.
1 me 1 . u e, ' or i Ñ i | a LEY N° 6.544 Autorizase al Poder Ejecutivo a destinar suma para pago de facturas con motivo del siniestro ocurrido en la localidad de Balcarce Aj Departamento de Acción Social. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar la suma de cua- trocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y cinco pesos con ho l 1 — noventa y nueve centavos moneda nacional ($ 493.365,99 4), al pago de las facturas correspondientes a los gastos efectuados con motivo del siniestro ocurrido en la localidad de Balcarce. PF Art. 22 Los fondos que demande el cumplimiento del artículo i anterior, se tomarán con imputación al Anexo XII, Item 5, Partida Ñ Principal 3, Parcial 2, del Presupuesto vigente, de acuerdo a lo dis- i puesto por el articulo 57 de la Ley numero 6.461. i Art. 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo, | Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buo- : nos Aires, en la ciudad de La Piata, a catorce días del mes de setiembre de mil uo vecientos sesenta y uno, ‘ PrDRO ALBERTO ORTEGA. ARTURO A, CROBETTT, Juan Carlos Montt, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD. Se. vetario del Senado, + La Plata, 25 de setiembre de 1961. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. E ALENDE. ABEL ARRESE. | Decreto N° 10.561. | Registrada bajo el número seis mil quinientos cuarenta y cuatro i (6.544). | Fevrrr Díaz O’Kenuy. | | i i . | | , 14 | | : : j | : i (e