Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8993
Ley 8993/1978 - SUSTITUYE ARTICULO 5 DE LA LEY 8596. (EMPLEADOS PUBLICOS - REGIMEN DE PRESCINDIBILIDAD - RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA)
LEY 8.993 ° La Plata, 14 de febrero de 1978. Visto lo actuado en el expediente número 2.240-342/978 y la autorización otorgada mediante la instrucción número 1/77, artículo 1%, apartados 1.2. y 1.6. de la Junta Militar; en 'ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, el «Gobernador de la provincia de Buenos Aires, sanciona y promul- ga con fuerza de — LEY: Art. 1? Sustitúyese el artículo 5° de la ley 8.596 por el siguiente: “Art. 5% La indemnización prevista en el artículo anterior es exclu- yente de cualquier otra que por despido pudiera corresponder al agente, no estará sujeta a ningún impuesto o gravamen y se abonará en cuotas mensuales consecutivas iguales a la retribución a que se refiere el ar- tículo 4° de la presente. De exceder el número de años y fracción compu- tables de seis (6) el total del haber indemnizatorio se pagará en seis (6) cuotas iguales consecutivas. El Poder Ejecutivo, la Suprema Corte de Justicia, los Intendentes Mu- nicipales y el Directorio del Banco de la Provincia podrán reducir, los plazos de pago establecidos en el párrafo anterior.” Art, 20 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Ofi- clal” y archívese. SAINT JEAN, J. L. SMART. Registrada bajo el número ocho mil novecientos noventa y tres (8.993). E. Frola. FUNDAMENTOS La ley adjunta reemplaza el artículo 5° de la 8.596 a los efectos de facul- tar a las autoridades de aplicación de ésta a reducir los plazos para el pago de la indemnización que corresponde al personal que sea dado de baja en virtud de sus disposiciones. La situación financiera de la Provincia permite el otorgamiento de esta autorización mediante la cual los órganos competentes podrán, cuando lo es- timen prudente, acelerar la indemnización de los ex agentes con indudables beneficios económicos para ellos y con provecho para la actividad estatal que reducirá tramitaciones a veces innecesarias. \