Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11595

Ley 11595/1995 - RESTITUYE VIGENCIA DEL TITULO III DE LA LEY 11184, RECONVERSION ADMINISTRATIVA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/01/1995
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11595 LEY 11595 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Restitúyese la vigencia del Título III de la Ley N° 11.184, por un período de dos (2) años a partir de la publicación de la presente Ley. ARTICULO 2.- Lo dispuesto en el artículo anterior, se extiende a todas las normas y actos administrativos que hubieren sido dictados en consecuencia; ratificándose los actos ejecutados por el Poder Administrador que hubieran quedado enervados por la pérdida de vigencia de la norma cuya vigencia se restituye. Todas las actuaciones pendientes continuarán su tramitación conforme su estado. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.