Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6761
Ley 6761/1964 - DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION DE INMUEBLE UBICADO EN CARLOS CASARES PARA CONSTRUCCION DE LA ESCUELA 1, JOSE MANUEL ESTRADA, DE ESE DISTRITO.
Ley 6761 LEY 6761 Expropiación para la escuela de Carlos Casares. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la intersección de las calles Soler y Bernardo de Irigoyen de la localidad de Carlos Casares, partido del mismo nombre, nomenclado catastralmente como Circunscripción I,
Sección A, Manzana 51, Parcelas 11a y 13, cuyo dominio consta a nombre de
Andrés Gómez Errasquin, o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, inscripto en el Registro de la Propiedad en el folio 307 del año 1928 y Declaratoria de Herederos en el folio 3.667 del año 1953. ARTÍCULO 2.- El inmueble a que se refiere el artículo anterior se destinará a la construcción y habilitación de un edificio para el funcionamiento de la Escuela Nº 1 “José Manuel Estrada”, del distrito de Carlos Casares. ARTÍCULO 3.- Los fondos para atender el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la partida correspondiente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.