Nación · Ley N° 25976
Ley 25976 - DECLARASE A LA LOCALIDAD DE ALCIRA GIGENA, PROVINCIA DE CORDOBA, SEDE PERMANENTE DE LA 'FIESTA NACIONAL DEL PRODUCTOR DE MAIZ Y LA COSECHA GRUESA'.
Ley 25 FIESTAS NACIONALES Ley 25.976 Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la "Fiesta Nacional del Productor de Maíz y la Cosecha Gruesa". Sancionada: Diciembre 1 de 2004 Promulgada: Diciembre 28 de 2004 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Fiesta Nacional del Productor de Maíz ARTICULO 1° — Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la "Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa", que se celebra anualmente en esa localidad, durante el mes de noviembre. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.976 — EDUARDO O. CAMAÑO — MARCELO A. GUINLE — Eduardo D. Rollano — Juan Estrada.