Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13143

Ley 13143/2003 - MODIFICA LEY 12835 (EXPROPIACION DE INMUEBLES EN EL PDO. DE OLAVARRIA).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/12/2003
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 13143 LEY 13143 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CONFUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 5| de la Ley 12.835, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5°: Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47° de la Ley 5.708 (t.O. Decreto 8.523/86) estableciéndose en cinco (5) años el plazo para considerar abandonada la expropiación respecto de los inmuebles consignados en el artículo 1° de la presente Ley. Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.” ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.