Nación · Ley N° 18216

Ley 18216 - MODIFICA LEY 18031 CON AMBITO TEMPORAL CUMPLIDO PRESUPUESTO 1969-

Estado no verificadoSanción: 16/05/1969Publicación B.O.: 16/05/1969Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Presupuesto. Buenos Aires, 16 de mayo de 1969. Excelentísimo Señor Presidente de la Nación: Tengo el agrado de someter a consideración del Primer Magistrado el adjunto proyecto de ley mediante el cual se eleva el Presupuesto de erogaciones de capital de la Dirección Nacional de Vialidad en la suma de 12.000 millones de pesos. El referido incremento está originado en la necesidad de contar con crédito legal para afrontar erogaciones contempladas en el plan trienal de caminos aprobado por la Ley 17.961. Las previsiones del presupuesto original hubiesen permitido afrontar las inversiones contempladas en el referido plan de no mediar la necesidad de contribuir a financiar rutas troncales en ejecución por las provincias de Entre Ríos y Santa Fe, así como el aporte del Gobierno Nacional para la construcción del complejo Zárate-Brazo Largo y la amortización de deudas contraidas en pasados ejercicios. El financiamiento de las mayores erogaciones está asegurado por los recursos propios con que cuenta el Organismo y las operaciones de crédito arbitradas para tal fin. Dios guarde a Vuestra Excelencia. Adalbert Krieger Vasena. Bernardo J. Loitegui. Carlos A. Carrera. LEY Nº 18.216 Buenos Aires, 16 de mayo de 1969. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1969 sancionado por la Ley Nº 18.031, conforme el detalle de la planilla anexa y el resúmen que a continuación se menciona: En millones de m$n. FINALIDAD Total Erogaciones de capital 6- Desarrollo de Economía 45- Infraestructura Vial + 12.000,0 + 12.000,0 Total . + 12.000,0 + 12.000,0 Artículo 2º- Modifícase el cálculo de recursos afectado a la financiación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1969, aprobado por el artículo 2º de la Ley Nº 18.031, conforme el detalle de la planilla anexa y al siguiente resúmen: CONCEPTO En millones de m$n. Recursos Específicos de Organismos Descentralizados + 12.000,0 ----------------------------- Total . + 12.000,0 Artículo 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA. Adalbert Krieger Vasena. Planilla Anexa al Artículo 1º

SECCION 4 EROGACIONES DE CAPITAL

CARÁCTER 2 ORGANISMO DESCENTRALIZADO

( En millones de m$n.)

FINALIDAD Total Sector 5- Inversión FUNCIÓN (2 al 4) Financiera Sector 6- Inversión Física JURISDICCION Inciso 53 Inciso 61 Inciso 62 Organismo Descentralizado Valores Financieros Bienes Trabajos Públicos 6º Desarrollo de la Economía ..+12.000,0 +288,0 -687,0 +12.399,0 45-Infraestructura Vial .. +12.000,0 +288,0 -687,0 +12.399,0 36- Secretaría de Estado de Obras Públicas +12.000,0 +288,0 -687,0 +12.399,0 054- Dirección Nacional de Vialidad .. +12.000,0 +288,0 -687,0 +12.399,0 Total General .+12.000,0 +288,0 -687,0 +12.399,0 Planilla Anexa al Artículo 2º CALCULO DE RECURSOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

( En millones de m$n.)

JURISDICCION RECURSOS EMPLEO DE LOS RECURSOS ---------------------------------------------------------------------- --- Organismo para para Descentralizado erogaciones erogaciones probable Total Específicos Total Corrientes de Capital Remanente 36 Secretaría de Estado de Obras Pú- blicas .. +12.000,0 +12.000,0 +12.000,0 -------- +12.000,0 ------------- 054- Dirección Nacional de Vialidad +12.000,0 +12.000,0 +12.000,0 -------- +12.000,0 -------------