Nación · Ley N° 16960

Ley 16960 - CREACION DE LAS DELEGACIONES EZEIZA Y SAN MARTIN, DE LA POLICIA FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 26/09/1966Publicación B.O.: 06/10/1966Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg POLICIA FEDERAL DELEGACIONES EZEIZA Y SAN MARTIN.– Créanse LEY Nº 16.960 Buenos Aires, 26 de setiembre de 1966 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, El Presidente de la Nación Argentina Sanciona y Promulga con fuerza de ley: Artículo 1º – Créanse las Delegaciones Ezeiza y San Martín de la Policía Federal, en la Provincia de Buenos Aires. Art. 2º – Modifícase la Ley Orgánica de la Policía Federal, en sus anexos 2 y 19, incorporando a los mismos, en la Región I, a las delegaciones Ezeiza y San Martín. Art. 3º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ( Nota Infoleg: por art. 1º de la Ley 21.881 B.O. 04/10/1978 se deja sin efecto la creación de la Delegación Ezeiza dispuesta por la presente Ley) Onganía.– Enrique Martínez Paz