Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 2601
Decreto-ley 2601/1957 - (DEC-LEY 2601/957)AUTORIZANDO INVERSION SUMA PARA LA ADQUISICION DE FOLLETOS,ETC.REFERENTES A LA PERSONALIDAD Y ANTECEDENTES BIOGRAFICOS DEL ALMIRANTE GUILLERMO BROWN.
ll ity tl | DECRETO/- LEY N° 2.601 i i Autorizando inversión suma para la adquisición de folletos, etc., i | referentes a la personalidad y antecedentes biográficos del Al- \ | mirante Guillermo Brown. | | La Plata, 27 de febrero de 1957 iT | H Visto el decreto 15/57, dictado el 9 de enero y su ampliatorio 1.405, | \ de fecha 6 de febrero, por el que se designó la Comisión organizadora. | 1 de los actos a realizarse con motivo del centenario del fallecimiento | | del Almirante Guillermo Brown, y — a uf Considerando: i Que, como parte del reconocimiento que la patria le debe, es | i necesario disponer la impresión de material que permita una más: j td amplia difusión de la obra realizada por tan esclarecido patriota. if Por ello, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, | en ejercicio del Poder Legislativo — i \" | : DECRETA CON FUERZA DE LEY: i i Art. 1° Autorizar la inversión de hasta la cantidad de ciento | il veinticinco mil pesos moneda nacional ($ 125.000 %), para la adqui- i | sición de folletos referentes a la personalidad y antecedentes biográ- | ficos del Almirante Guillermo Brown, láminas con la imagen del | A prócer, plaquetas recordatorias del homenaje y todo otro material if que se considere necesario para los fines a que se refiere el precedente: | considerando. | Art. 2° Facilitar a la Comision Ejecutiva designada por el articulo i 20, del decreto 15/57, para que contrate en forma directa la adquisi- ción del material indicado en el artículo 19. Art. 3° Previa intervención de práctica, entregar a la Dirección . de Administración del Ministerio de Educación la cantidad cuya in- La | ' oe ; A eS ear RUE PRE EN Shoe Be | ag — 762 — : : " oe . 11 oe ae “versión se autoriza por el presente decreto - ley, para que atienda el | t eee “ . pago de los gastos que demande su cumplimiento, previa conformidad : de las facturas por parte de la señora Ministro de Educación en su E eee «carácter de Presidente de la Comisión Ejecutiva. . E ae Art. 4° Los fondos que demande el cumplimiento del presente |) decreto - ley, seran tomados de Rentas Generales. $ Be. Art. 59 El presente decreto-ley será refrendado por todos los ES ministros en Acuerdo General. : h Cd Art. 6° Dése cuenta en su oportunidad a la Honorable Legis- : Y latura. . i a: Art. 72 Comuníquese, - publíquese, dése al Registro y “Boletín i ea Oficial”, y cumplido, pase al Ministerio de Hacienda, Economía 'y i hee - Previsión para su reconocimiento y demás efectos, previa notifica- Hee ción del Ministerio de Educación. > BONNECARRERE. ee E. Z. DE DECURGEZ, JUAN R. AGUIRRE LANARI, >> Ñ E. Cortés, JAIME E. Ruiz, Hee. RoDoLFO A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O'CONNOR. : re E _—_———ú EE : 7