Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6761
INSTITUYE - ÚLTIMA SEMANA SEPTIEMBRE DE CADA AÑO - SEMANA PARA LA CONCIENTIZACIÓN Y PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD VISUAL-PATOLOGÍAS - ADHESIÓN AL 26 DE SEPTIEMBRE - DÍA MUNDIAL DEL BASTÓN VERDE
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se instituye en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la última semana del mes de Septiembre de cada año, como la "Semana para la Concientización y Prevención de la discapacidad visual/patologías" en adhesión al día 26 de Septiembre, declarado Día Mundial del Bastón Verde. Art 2°.- Son objetivos de la Semana para la Concientización y Prevención de la discapacidad visual / patologías de baja visón: a. Mejorar el acceso a la información, tratamiento, atención sanitaria y apoyo a las personas con baja visión. b. Favorecer la organización y el trabajo en red con las organizaciones de personas de baja visión y el resto del sistema sanitario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c. Sensibilizar a la sociedad y a las instituciones gubernamentales acerca de la problemática de las personas con baja visión. d. Impulsar la realización de investigaciones, estudios y políticas públicas relacionados con la temática. Art 3°.- El Poder Ejecutivo difundirá durante esa semana la Legislación Nacional y local, toda información vinculada sobre la temática, así como todos aquellos recursos existentes en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la contención y apoyo de los pacientes. Art 4°.- Comuníquese, etc. López - Schillagi Buenos Aires, 25 de octubre de 2024 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6761, en trámite por expedienteelectrónico N° 37238926-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de laCiudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 26 de septiembre de 2024, haquedado automáticamente promulgada el 17 de octubre de 2024 en virtud de lodispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la DirecciónGeneral Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio deCultura y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Kamian