Provincia de Buenos Aires · Decreto N° 855

Asigna en el Ministerio de Salud el régimen horario de cuarenta y ocho horas semanales al agente Néstor Horacio Castro.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/10/2021
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto 855/2021 DECRETO 855/2021 LA PLATA, 12 de Octubre de 2021 VISTO el expediente EX-2020-00987090-GDEBA-DEMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita el cambio de régimen horario del agente Néstor Horacio CASTRO, y CONSIDERANDO: Que Néstor Horacio CASTRO revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Técnico (Técnico en Mantenimiento), Categoría 10, Clase 2, Grado IX, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, en la Dirección Provincial de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización; Que mediante Decreto Nº 786/91 se establecieron los regímenes horarios para el personal de la Administración Pública Provincial comprendido en la Ley N° 10.430, fijando en su artículo 4º el régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor para distintas dependencias y para el personal que presta servicios en los establecimientos hospitalarios; Que, consecuentemente, Néstor Horacio CASTRO solicita la extensión de su régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor por el de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, a partir de la fecha de notificación; Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas; Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA ARTÍCULO 1º. Asignar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor al agente Néstor Horacio CASTRO (DNI N° 14.884.144 - Clase 1962), quien revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Técnico (Técnico en Mantenimiento), Categoría 10, Clase 2, Grado IX, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, en la Dirección Provincial de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización. ARTÍCULO 2°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 101 - Programa: 5 – Subprograma: 0 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 999 - Finalidad 3 – Función 10 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 - Régimen Estatutario 01 – Agrupamiento 4. Personal Técnico – Presupuesto General Ejercicio 2021 – Ley N° 15.225. ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Nicolás Kreplak        Martín Insaurralde Ministro de Salud       Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros Axel Kicillof Gobernador