Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9258

Decreto-ley 9258/1979 - SUSTITUYENDO ART.3 DE LA LEY 8432 (DONACION A LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/02/1979
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9258/1979 DECRETO-LEY 9258/79 LA PLATA, 5 de FEBRERO de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2100-2934/75 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, ­apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 3 de la Ley 8432, por el siguiente: “Artículo 3.- Autorízase a la Municipalidad de Campana a permutar el predio donado, por una fracción de QUINCE MIL SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (15.006,63 m 2 ), de superficie ubicada en la Circunscripción IV,

Sección Rural, compuesta por NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (9630

m 2 ), correspondientes a la Parcela 358 K, Fracción A7 y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CON SESENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (5.376,63 m 2 ), correspondientes a parte de la Parcela 358 gg., lindantes con la anterior; inscripta en el Registro de la Propiedad a nombre de DALMINE SAFTA S.A.I.C., folio176 del año 1954 y marginal nº 50.162 del año 1965, en la que se construirá por cuenta y cargo de DALMINE-SIDERCA S.A.I.C., la primera etapa del edificio destinado a Escuela Técnica y que será transferido a la Municipalidad de Campana. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.