Nación · Ley N° 23208
Ley 23208 - ESTABLECESE QUIENES TIENEN DERECHO A USAR LA BANDERA OFICIAL DE LA NACION.
Norma: LEY 23208 INSIGNA PATRIA Determina quiénes tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación. LEY 23.208 Sancionada: Julio 25 de 1985 Promulgada: Agosto 16 de 1985 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: Artículo 1° – Tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los Gobiernos Provinciales y del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor. Artículo 2° – Derógase el artículo 2º del Decreto de fecha 25 de abril de 1884; el artículo 3º del Decreto 1027/43 de fecha 19 de julio de 1943; y el artículo 3º del Decreto 10.302/44 de fecha 24 de abril de 1944. Artículo 3° – Comuníquese, al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cinco. J.C. PUGLIESE – V.H.MARTINEZ – Hugo Belnicoff – Antonio J. Macris- – Registrada bajo el N° 23.208 – DECRETO N° 1541 Bs. As., 16/8/85 POR TANTO Téngase por Ley de la Nación N° 23.208, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ALFONSIN – Antonio A. Tróccoli.