Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 333
DECLARA - VISITANTE ILUSTRE - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Y MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL - REPÚBLICA ITALIANA - ANTONIO TAJANI
VISTO: La Ley 578 (texto consolidado por Ley 6.588) y el Expediente Electrónico 37576806-GCABA-SECGE/24, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la declaración de "Visitante Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al Vicepresidente del Consejo de Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional de la República Italiana, señor Antonio Tajani, quien se encontrará de visita oficial en esta Ciudad los días 7 y 8 de octubre del 2024; Que el artículo 3° de la Ley 578 establece que la distinción de "Visitante Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires" podrá ser otorgada a los Jefes de Estado y de Gobierno, Vicepresidentes, máximas jerarquías de las diferentes confesiones religiosas, Primeros Ministros, Presidentes de poderes extranjeros que se encuentren en visita oficial en la Ciudad de Buenos Aires y demás personalidades de jerarquía equivalente y el otorgamiento se hará mediante Decreto del Jefe de Gobierno o Declaración de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires; Que dentro de su trayectoria política se destacan puestos tales como Presidente del Parlamento Europeo, Diputado del Parlamento Europeo, Vicepresidente de la Comisión Europea; Que asimismo, formó parte de diferentes comisiones dentro del Parlamento como la Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Defensa y Seguridad, destacándose por su compromiso con temas relacionados a la seguridad, así como también de migración y empleo juvenil; Que, en consideración a la mencionada visita y en pos de brindarle una cálida bienvenida y hospitalidad, se estima pertinente declarar a Antonio Tajani "Visitante Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" conforme lo establecido por el artículo 3° de la Ley 578; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Declarar "Visitante Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" al señor Vicepresidente del Consejo de Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional de la República Italiana, Antonio Tajani, con motivo de su visita a esta Ciudad los días 7 y 8 de octubre de 2024. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Dirección General Protocolo y Ceremonial de la Secretaría General. Cumplido, archivar. MACRI - Grindetti