Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 259
MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MEDIANTE LA SUPRESIÓN DE DETERMINADAS GERENCIAS OPERATIVAS Y SUBGERENCIAS OPERATIVAS ESTABLECIENDO PLAZOS PARA LA REASIGNACIÓN DE PERSONAL E INVITANDO A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y SOCIEDADES ESTATALES A ADECUAR SUS COMPOSICIONES A FIN DE OPTIMIZAR LA EFICIENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SUPRESIÓN DE GERENCIAS OPERATIVAS - SUPRESIÓN DE SUBGERENCIAS OPERATIVAS - REASIGNACIÓN DE PERSONAL- DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS - ENTIDADES AUTÁRQUICAS - EMPRESAS DEL ESTADO - SOCIEDADES DEL ESTADO - SOCIEDADES ANÓNIMAS CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA - EFICIENCIA DEL GASTO PÚBLICO
VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 684/09 y 387/23, el Expediente EX-2026-32249588- GCABA-SSGRH, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que contempla a los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que el artículo 3° del citado Decreto determina que los cargos gerenciales se dividen en dos niveles que se denominan "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa"; Que a través del Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General; Que la estructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha ido conformándose, a través de los años, para dar respuesta a las diversas necesidades surgidas de la gestión, creándose la estructura gerencial con el objeto de desarrollar diversas políticas públicas destinadas a satisfacer las necesidades de la ciudadanía; Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como objetivo principal mejorar la eficiencia y eficacia en la gestión pública mediante la optimización de sus estructuras organizativas; Que a través de un cuidadoso análisis de su composición se evidencia la necesidad de promover un uso más eficiente de los recursos públicos, reduciendo y simplificando la estructura organizativa con el fin de potenciar la acción estatal; Que la racionalización de la estructura administrativa trae aparejada la correcta asignación de los recursos públicos y, por ende, una mejor capacidad de respuesta a las necesidades de la ciudadanía; Que, en este sentido, siendo la racionalización de la estructura administrativa una de las acciones centrales que trae aparejada la correcta asignación de los recursos públicos, se propicia suprimir, a partir del 1.° de agosto de 2026, las Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas detalladas en el Anexo I (IF-2026-32377203- GCABA-SSGRH), que forma parte integrante del presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23; Que a su vez, habiendo realizado un análisis sobre la estructura de los organismos nombrados en el Anexo II (IF-2026-32377423-GCABA-SSGRH), resulta pertinente invitar a los mismos a adecuar sus estructuras organizativas suprimiendo las áreas identificadas en el Anexo citado, dictando en consecuencia los actos administrativos necesarios o arbitrando los mecanismos necesarios para tal fin; Que por último, corresponde invitar a todos los organismos descentralizados, entidades autárquicas, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y/o unipersonales, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, a realizar un análisis de su composición o estructura con el fin de hacer un uso más eficiente de los recursos públicos, adecuando, en consecuencia, sus estructuras organizativas y suprimiendo las áreas correspondientes. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Suprimir, a partir del 1.° de agosto de 2026, las Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas detalladas en el Anexo I (IF-2026-32377203-GCABA- SSGRH) el que a todos sus efectos forma parte del presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23. Artículo 2°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal o el organismo equivalente de los organismos identificados en el Anexo I del presente Decreto, en un plazo de treinta (30) días, deberán notificar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la nueva asignación de la dotación. Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, arbitrará los medios para dar cumplimiento al presente Decreto. Artículo 4°.- Invitar a los organismos nombrados en el Anexo II (IF-2026-32377423- GCABA-SSGRH), que forma parte integrante del presente Decreto, a adecuar sus estructuras organizativas suprimiendo las áreas identificadas en el Anexo citado, dictando en consecuencia los actos administrativos necesarios o arbitrando los mecanismos necesarios para tal fin. Artículo 5°.- Invitar a todos los organismos descentralizados, entidades autárquicas, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y/o unipersonales, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, a realizar un análisis de su composición o estructura con el fin de hacer un uso más eficiente de los recursos públicos, adecuando, en consecuencia, sus estructuras organizativas y suprimiendo las áreas correspondientes. Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a las áreas pertinentes, y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny