Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15241
Ley 15241/2021 - INSTITUYE LA FIESTA PROVINCIAL DE LA CARBONADA, A REALIZARSE ANUALMENTE EL SEGUNDO FIN DE SEMANA DEL MES DE FEBRERO EN LA LOCALIDAD DE ESPARTILLAR, PARTIDO DE SAAVEDRA.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/01/2021
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
· Consultar publicación oficial
Ley 15241 LEY 15241 EL SENADO YCÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN, CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Institúyese la “Fiesta Provincial de la Carbonada”, a realizarse anualmente el segundo fin de semana del mes de febrero en la localidad de Espartillar, partido de Saavedra. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veinte.