Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9703
Decreto-ley 9703/1981 - MODIFICA LEY 9359.REF:DESAFECTACION Y POSTERIOR DONACION A LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE FRACCION DE CALLE CARACAS.
Decreto-ley 9703/1981 DECRETO-LEY 9703/81 LA PLATA, 29 de MAYO de 1981. VISTO lo actuado en el expediente número 4105-208/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 1 de la Ley 9.359 por el siguiente: “ Artículo 1.- Desaféctase de su destino originario —calle de uso público—, la fracción de la calle Caracas, comprendida entre las de Hipólito Yrigoyen y prolongación de Córdoba, de la localidad de Martínez, Jurisdicción del Partido de San Isidro, según plano de mensura 97-119-80, que posee una superficie total de MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (1.479,20 m2.)”. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.