Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6159

SE FACULTA A AMPLIAR - FONDO DE PRESERVACIÓN REPARACIÓN MEJORA Y FINALIZACIÓN DE OBRAS - PALACIO LEGISLATIVO - VICEPRESIDENCIA PRIMERA - LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/05/2019Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Facúltase a la Vicepresidencia Primera de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a ampliar el "Fondo de Preservación, Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", creado por Ley 1444 para completar la reparación y puesta en valor del edificio de la Legislatura, con la suma de $ 50.000.000 (Cincuenta Millones de Pesos), disponibles del presupuesto de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al año 2018. Art. 2°.- Autorízase a la Comisión de Preservación, Reparación y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectuar la ampliación del contrato de Fideicomiso vigente. Art. 3°.- El Ministerio de Hacienda procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias emergentes de la presente Ley. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA LEY 1444 2004 <p>Art. 1 de la Ley 6159 faculta a la Vicepresidencia Primera de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a ampliar el Fondo de Preservación, Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por Ley 1444. </p> PROMULGADA POR DECRETO 174 2019