Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 180
APRUEBA - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - OBRA PÚBLICA EJECUCIÓN REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ETAPA III - - DELEGA FACULTADES - EN LA SEÑORA MINISTRA DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 351-0064-LPU23 -
VISTO: La Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 127/14, 60/21, 152/21, 204/22, las Disposiciones Nros. 2-DGCCYA/21, 8-DGCCYA/21, 9-DGCCYA/21, 20-DGCCYA/22, los Expedientes Electrónicos Nros. 21442274- GCABA-DGOVP/23 y 21775251-GCABA-DGTALMEPHU/23, y CONSIDERANDO: Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 351-0064- LPU23, para la contratación de la obra pública "Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Etapa III" al amparo de lo establecido por la Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y los Decretos Nros. 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22 y 152/21; Que la referida Licitación tiene por objeto la ejecución de veredas, rehabilitación y mantenimiento de las mismas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo la ejecución de los contrapisos, baldosas, veredas de hormigón, vados, planteras, soterramientos de cableados, cordones, desagües pluviales, tapas de servicio, bolardos, rejillas, bancos, parquización, suelo absorbente, sistemas urbanos de drenaje sostenible (SUDS) y cualquier otra obra complementaria de la vereda, incluyendo frentes completos o sectores de los mismos, parches, pedidos prioritarios u obras complejas; Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia; Que, al respecto, el plazo de ejecución de la obra es de cuarenta y ocho (48) meses, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio; Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 63/100 ($ 64.743.570.553,63); Que la Ley N° 6.246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad; Que por el Decreto N° 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22, se aprobó la reglamentación de la citada Ley N° 6.246 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para la contratación de obra pública, conforme se detalla en los