Nación · Ley N° 22330

Ley 22330 - MODIFICACION DEL ART. 5 DE LA LEY 19.686. BONOS EXTERNOS. COTIZACION EN BOLSA Y MERCADO DE VALORES DEL PAIS.

Estado no verificadoSanción: 14/11/1980Publicación B.O.: 20/11/1980Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

LEY 22330 - INFOLEG BONOS EXTERNOS LEY N° 22.330 Sustituyese un artículo de la Ley N° 19.686 y sus modificaciones. Buenos Aires, 14 de noviembre de 1980. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 5º de la Ley N° 19.686 y sus modificaciones por el siguiente: "Artículo 5º — Se autoriza la cotización en bolsa y mercados de valores del país de los Bonos Externos emitidos o que se emitan, de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.— El Ministerio de Economía establecerá la oportunidad y las condiciones en que se realizará esta cotización. La salida del país de los Bonos Externos como también su ingreso, se podrá efectuar libremente." ARTICULO 2º — Deróganse las Leyes Nros. 19.687 y 21.749. ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA José A. Martinez de Hoz.