Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7086
Ley 7086/1965 - DECLáRANSE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIóN, FRACCIONES DE TIERRA UBICADAS EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDóN, CON DESTINO AL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA Nº 25.
Ley 7086 LEY 7086 Decláranse de utilidad pública y sujeta a expropiación, fracciones de tierra ubicadas en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, con destino al funcionamiento de la Escuela Nº 25. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de tierra con todo lo en ellas plantado y edificado, ubicadas en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, designadas según título como lotes: 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38, manzana Q, sección L, circunscripción VI, de propiedad de Juan Brulio Arenas o quien o quienes resulten propietarios, dominio inscripto al folio 5.391/52, en el Registro de la Propiedad. ARTÍCULO 2.- Los inmuebles determinados en el artículo anterior, serán destinados al funcionamiento de la Escuela Nº 25 del distrito y al establecimiento de una Biblioteca Pública y Jardín de Infantes. ARTÍCULO 3.- La inversión necesaria para el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo X, Ítem 1, Dirección General de Escuelas, Título E, Dirección de Obras y Consorcios, Grupo 2º, Finalidad 4, Función 1, Programa 5, Objeto Genérico 2, Unidad de Inversión 1/21, del Presupuesto de Capital, Ejercicio 1965. ARTÍCULO 4.- Derógase la Ley 6804. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.