Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 468

DESIGNA - DIRECTORES GENERALES - DIEGO JORGE VACCHINO - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN PRIMARIA - SERGIO RICARDO AUGER - DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES - HORACIO PEDRO RODRÍGUEZ O’CONNOR - DIRECCIÓN GENERAL SALUD MENTAL - DIRECTOR ADJUNTO - ARIEL MARIO GOLDMAN - DIRECCIÓN ADJUNTA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/12/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N° 46717642- -GCABA-DGAYDRH/23 y tramitaciones conjuntas, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Salud; Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Atención Primaria, Dirección General Hospitales, Dirección General Salud Mental y a la Dirección Adjunta de Gestión Administrativa del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", todas dependientes del citado Ministerio; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Salud propicia las designaciones de las personas que se detallan en el Anexo (IF-2023-47021328-GCABA-MSGC) que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se detallan en el Anexo IF-2023-47021328-GCABA-MSGC, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Grindetti