Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9030

Decreto-ley 9030/1978 - EXPROPIACION DE INMUEBLE EN LA CIUDAD DE TRENQUE LAUQUEN, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, DESTINADO A AMPLIACION DE DEPENDENCIAS DE LOS TRIBUNALES DEL DEPTO. JUDICIAL DE TRENQUE LAUQUEN

Estado no verificadoPublicación B.O.: 11/05/1978
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Decreto-ley 9030/1978 DECRETO-LEY 9030/78 LA PLATA, 21 de ABRIL de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 3001-14714/72 y la au­torización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1,­ apartado 4.2. de la Junta Militar en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1 .- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de Trenque Lauquen, Partido del mismo nombre, nomenclado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección A, Manzana 55, Parcela 6a, Partida 3214, con una superficie de MIL CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.045 m 2 ) de propiedad de TEISAMAR- SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, AGROPECUARIA, FINANCIERA E INMOBILIARIA o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio. ARTÍCULO 2.- El bien inmueble mencionado en el artículo anterior, será destinado a la ampliación de las dependencias de los Tribunales del Departamento Judicial de Trenque Lauquen. ARTÍCULO 3.- El Gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo a la Partida de Emergencia y Ajuste de Capital - Presupuesto 1977 Ley 8764 prorrogado para el E­jercicio 1978. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.