Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 396
DESIGNA - GABRIELA SOLEDAD GOBBI - DIRECTORA GENERAL - CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS - MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias Nros. 5.960 y 6.180, los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 29660126-GCABA-SSPCYNA/19, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley establece, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Cultura; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Centro Cultural General San Martín dependiente de Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias del Ministerio de Cultura; Que el señor Ministro de Cultura propicia la designación a partir del 23 de septiembre de 2019, de la señora Gabriela Soledad Gobbi, DNI N° 28.673.878 CUIT N° 27- 28673878-3, como Directora General del Centro Cultural General San Martín dependiente de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias del citado Ministerio; Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 23 de septiembre de 2019, a la señora Gabriela Soledad Gobbi, DNI N° 28.673.878, CUIT N° 27-28673878-3, como Directora General del Centro Cultural General San Martín dependiente de Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias del Ministerio de Cultura. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental y Escribanía General ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel