Nación · Ley N° 9502

Ley 9502 - AUMENTO DEL NUMERO DE JUZGADOS NACIONALES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL DE CAPITAL FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 22/09/1914Publicación B.O.: 29/09/1914Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 9.502 AUMENTO DEL NUMERO DE JUZGADOS NACIONALES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL DE CAPITAL FEDERAL. BUENOS AIRES, 22 de septiembre de 1914 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1. - Auméntase a cinco el número de Juzgados de Comercio de la Capital. ARTICULO 2. - A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, pasará a la jurisdicción Comercial un Juzgado Correccional con su correspondiente dotación de empleados. ARTICULO 3. - El nuevo Juzgado de Comercio tendrá el mismo personal, sueldos y partidas de gastos que cada uno de los actualmente existentes. ARTICULO 4. - Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley, se harán de rentas generales, con imputación a la misma, hasta tanto sean incluídos en la de Presupuesto. ARTICULO 5. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. FIRMANTES