Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 520

DESIGNA DIRECTORA GENERAL - MARCELA CLAUDIA ANGIOI - ENTE DE HIGIENE URBANA - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/01/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463-GCABA/19, el Expediente Electrónico N° 39517596-GCABA-MEPHUGC/19, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana; Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, entre ellos, del citado Ministerio; Que, en consecuencia, la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana propicia la designación de la Sra. Marcela Claudia Angioi, DNI N° 17.674.435, CUIL N° 27-17674435-4, como Directora General del Ente de Higiene Urbana perteneciente a la Subsecretaría de Higiene Urbana dependiente del Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, a la Sra. Marcela Claudia Angioi, DNI N° 17.674.435, CUIL N° 27-17674435-4, como Directora General del Ente de Higiene Urbana perteneciente a la Subsecretaría de Higiene Urbana dependiente del Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Muzzio - Miguel