Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14474

Ley 14474/2013 - PRORRóGASE POR EL TéRMINO DE 5 AñOS LA VIGENCIA DE LA LEY 13764, A PARTIR DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.(EXPROPIACIÓN INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE LA PLATA)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/02/2013
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Ley 14474 LEY 14474 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º: Prorrógase por el término de cinco (5) años la vigencia de la Ley 13764, a partir de la fecha de su vencimiento. ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce.