Nación · Ley N° 2246

Ley 2246 - LEY AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA PROCEDER POR LOS TRAMITES CIVILES Y CANONICOS A LA CREACION DE TRES NUEVA DIOCESIS.

Estado no verificadoSanción: 19/11/1887Publicación B.O.: 19/11/1887Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina LEY N° 2246 Ley N° 2246 autorizando al Poder Ejecutivo para proceder por los trámites civiles y canónicos á la creación de tres nuevas Diócesis. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Art. 1°- Autorizase al Poder Ejecutivo para proceder por los trámites civiles y canónicos á la creación de tres nuevas Diócesis de La Plata, Diócesis de Santa Fé y Diócesis de Tucumán, de Santiago del Estero y de Catamarca. Art. 2°- Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo para proceder por los mismos trámites, á la determinación de las Diócesis en que deban ser comprendidos los Territorios Federales. Art. 3°- El Poder Ejecutivo propondrá al Congreso las sumas necesarias para la cóngrua dotación de las Iglesias, sus prelados, funcionarios eclesiásticos y demás necesarios á la organización y servicios de las nuevas Diócesis. Art. 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á diez y nueve de Noviembre de mil ochocientos ochenta y siete. A.C.CAMBACERES.- Adolfo J. Labouale, Secretario del Senado. CARLOS S. TAGLE.- Juan Ovando, Secretario de la Cámara de Diputados Departamento del Culto Buenos Aires, Noviembre 25 de 1887 Téngase por ley de la Nación, cúmplase, etc., JUAREZ CELMAN. Filemon Posse