Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 108

SE TRANSFIERE - A TÍTULO GRATUITO - DOMINIO DE INMUEBLES - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD - IVC - PARCELAS 1F, 1G, 1H, 1I DE LA MANZANA 30E, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SEGÚN PLANO 34-C-2020 - PARCELAS 1C Y 5 DE LA MANZANA 30B, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - EX TRAZA DE LA CALLE BARROS PAZOS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/03/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 1.251, 1.770 y 5.705 (textos consolidados por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 94/22 y 101/22, el Expediente Electrónico N° 33991798-GCABA- DGADB/21, y CONSIDERANDO: Que por el expediente electrónico citado en el Visto se propicia la transferencia a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) del dominio de las parcelas 1f, 1g, 1h y 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, según Plano 34-C-2020, así como de las parcelas 1c, 1d, 1e de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1 y de una porción que integra la ex traza de la calle Barros Pazos de esta Ciudad, que según su título se encuentran inscriptas a nombre de jurisdicción, como parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1; Que, una superficie de 26.690,62 m2 se ha incorporado a la Parcela 1h, de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, formando parte del dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en virtud de primera inscripción registral mediante el Decreto N° 101/22; Que, por Decreto N° 94/22 se declaró adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con la Ley N° 351, el dominio de los inmuebles allí mencionados; Que conforme la Ley N° 1.251, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), en su carácter de órgano de aplicación de las políticas de vivienda del Gobierno de esta Ciudad, tiene entre otros principios, el de garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias; Que en relación a ello, mediante Ley N° 1.770 se afectó el polígono dentro del cual se emplazan las parcelas objeto del presente, a la urbanización del "Barrio 20", mientras que, por la Ley N° 5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración socio-urbana, siendo dichos inmuebles declarados innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, han tomado debida intervención conforme sus responsabilidades primarias, previstas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios; Que, en consecuencia corresponde transferir a título gratuito a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) los inmuebles identificados catastralmente como Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, según Plano 34-C-2020 así como de las Parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1, según título (actualmente Parcelas 1c, 1d, 1e y de parte de la ex traza de la calle Barros Pazos), y autorizar a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica, a realizar todas las acciones tendientes a efectivizar dicha transferencia e inscribirla en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante escritura pública y/o documento administrativo conforme Ley Nacional N° 17.801, artículo 3°, inciso a) y sus modificatorias; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6347). Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Transfiérase a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) el dominio de los inmuebles individualizados como Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1 - según Plano 34-C-2020 - y de las Parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1, según título (actualmente Manzana 30E Parcelas 1c, 1d, 1e d y

parte de la ex traza de la calle Barros Pazos).

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles mencionados en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento administrativo e inscribirlos a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría de Gestión Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC). Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Ferrario p/p - Giusti - Migliore - Miguel